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Productor Asesor de Seguros (PAS)

Profesional que intermedia en la contratación de seguros y asesora a asegurados y asegurables, regulado por la Ley 22.400.

El productor asesor de seguros, conocido por la sigla PAS, es quien realiza la actividad de intermediación regulada por la Ley 22.400: promueve la celebración de contratos de seguro y asesora a asegurados y asegurables. Intermediar significa participar activamente en la concreción del contrato sin ser parte de él ni actuar como representante o mandatario de ninguna de las partes, que son el asegurador por un lado y el asegurado o tomador por el otro. Según el mensaje con que se elevó la ley, sus fines eran jerarquizar la actividad y defender los intereses de los asegurados.

La ley reconoce dos modalidades de ejercicio. El productor asesor directo es una persona física que trabaja con su matrícula individual. El productor asesor organizador instruye, dirige o asesora a los productores directos de su organización, que debe tener como mínimo cuatro integrantes. Los productores también pueden constituir sociedades de productores asesores, cuyo objeto exclusivo es la intermediación y que cuentan con su propia matrícula.

Sus funciones y deberes están enumerados en el artículo 10 de la ley. Entre ellos figuran gestionar operaciones, informar a la aseguradora las condiciones del riesgo, asesorar sobre la cobertura más adecuada, explicar las cláusulas del contrato, verificar que la póliza contenga lo que el asegurado decidió cubrir y acompañarlo durante toda la vigencia, en especial cuando ocurre un siniestro. Debe desempeñarse con diligencia y buena fe, y su incumplimiento puede acarrearle responsabilidad administrativa, civil y penal.

Su figura se distingue de otros canales de comercialización. El agente institorio representa a una aseguradora con facultades para actuar en su nombre, y la venta directa la realizan empleados de la propia compañía, que no brindan asesoramiento. El PAS, en cambio, combina asesoramiento y producción.

Un ejemplo

Una persona que compra su primer auto consulta a un PAS: él le pregunta cómo va a usarlo, le explica qué cubre cada alternativa y, cuando llega la póliza, la compara con la propuesta antes de entregársela.

Norma
Ley 22.400, arts. 1, 2 y 10

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