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Resúmenes/5 · Seguros de Personas

Seguros de Retiro

Resumen del Módulo 3 — Seguro de Retiro (ZonaPAS · Unidad 5 · Seguros de Personas)


Introducción

El Seguro de Retiro es un producto basado en el ahorro a mediano o largo plazo que, mediante aportes periódicos que se efectúan durante la etapa activa —los cuales se incrementan con los intereses obtenidos por las inversiones que realizan las aseguradoras—, va formando un cúmulo de capital individual acopiado durante cierto tiempo, que se acredita en la póliza individual del asegurado desde el momento de la contratación del producto hasta la edad de retiro fijada libremente por el mismo.

Es una muy buena opción para:

  • Todas aquellas personas que estiman que su haber jubilatorio no les permitirá mantener el estándar de vida actual y, por tal motivo, desean complementarlo.
  • Quienes desean ahorrar con fines determinados, como el estudio universitario de hijos o nietos, la realización de algún viaje, o con fines de inversión.

El dinero aportado en la póliza de seguro de retiro individual se capitaliza a la tasa de rendimiento obtenida por las inversiones realizadas por la compañía aseguradora, existiendo en el producto una tasa mínima garantizada que permite preservar el capital invertido.

De esta manera, el asegurado acumula hasta la edad de retiro un fondo que le permitirá adquirir una renta vitalicia complementaria al haber jubilatorio, la cual compensará, en cierta medida, la diferencia existente entre el salario que percibía en actividad y el importe de su jubilación.

El "Seguro de Retiro" en la Argentina tiene como objetivo cubrir las necesidades insatisfechas de gran parte de la población adherida al Sistema de Seguridad Social, el cual se encuentra en una profunda crisis.

El propio asegurado es el beneficiario, cuando su vida se prolonga más allá de su edad de jubilación. Brinda al asegurado un mecanismo de ahorro, permitiéndole constituir un fondo. No caben dudas de que la vida biológica y social de las personas se prolonga cada vez más y no siempre es posible acumular dinero para una buena posición financiera durante la vejez. Este seguro permite aliviar la incertidumbre que se siente ante el futuro.

🎓 La explicación del profe (en simple)

Empecemos por la rareza de este ramo, porque el Seguro de Retiro está al revés de todos los demás seguros que estudiaste.

En todos los otros, el riesgo es morirse antes de tiempo o que pase algo malo. Acá el riesgo es vivir mucho. Suena raro dicho así, pero es exactamente eso: el problema que resuelve este producto es quedarse sin plata antes de quedarse sin vida. Se lo llama, técnicamente, riesgo de longevidad.

Y por eso el módulo dice algo que en ningún otro seguro vas a leer: "el propio asegurado es el beneficiario". En un seguro de vida, el que cobra es otro (porque el asegurado se murió). Acá cobra él mismo, en vida, todos los meses, mientras siga vivo.

La cuenta que le tenés que hacer al cliente es sencilla y es la que vende el producto: ¿cuánto ganás hoy y cuánto vas a cobrar de jubilación? La diferencia entre esos dos números tiene un nombre —la tasa de sustitución— y es el agujero que este seguro viene a tapar. Nadie quiere bajar el nivel de vida el día que deja de trabajar.

Un detalle que muchos pasan por alto: no es solo para la jubilación. El módulo dice claramente que sirve para ahorrar con un fin determinado — la facultad de los hijos, un viaje, una inversión. Es un vehículo de ahorro con formato de seguro, y ahí tenés un argumento de venta para gente de 35 años que ni piensa en jubilarse.

Y quedate con la seguridad de fondo: hay una tasa mínima garantizada que preserva el capital invertido. No es una inversión de riesgo: es un ahorro con piso.


Normas de la Superintendencia de Seguros de la Nación

El 24 de marzo de 1987 la SSN dictó la Resolución 19.106, por la cual se creó el "Seguro de Retiro" o "Jubilación Privada", como se lo suele llamar habitualmente.

Este seguro ha nacido protegido por una amplia red de seguridad, a fin de garantizar la estabilidad a largo plazo del sistema. Las principales medidas adoptadas por la SSN en ese sentido son:

  1. Compañías de objeto único. Se crean nuevas compañías de seguros (Compañías de Seguro de Retiro) cuyo objeto único y excluyente es administrar este nuevo tipo de cobertura.
  2. Control reforzado. La SSN exige información mensual sobre el estado de las inversiones y trimestralmente un balance. Cualquier desvío negativo que se observe en las relaciones técnicas exigidas debe ser inmediatamente corregido; en caso contrario la compañía pierde su licencia para operar y se procede a la devolución de los fondos aportados.
  3. Un solo factor de ajuste. La Resolución 19.620, complementaria del art. 13 de la Resolución 19.106, establece —en relación a los compromisos del asegurador— que deberá estipularse un solo factor de ajuste para las reservas matemáticas, rentas potenciales, adquiridas y rescates.
  4. Rendimiento mínimo garantizado. Se garantiza a los afiliados al Seguro de Retiro un rendimiento mínimo mensual sobre los fondos aportados. Esta revalorización será fijada por la SSN, en función de las condiciones imperantes en la plaza financiera.
  5. Información al afiliado. Se establece un sistema de información para cada afiliado mediante el cual se dará a conocer el acumulado y la renta jubilatoria adquirida hasta el momento.

🎓 La explicación del profe (en simple)

Fecha y número para el examen: Resolución SSN 19.106, del 24 de marzo de 1987. Es la que crea el Seguro de Retiro en la Argentina. Y su complementaria es la 19.620, que reglamenta el art. 13 de aquella.

Ahora entendé por qué el control es tanto más estricto que en cualquier otro ramo, porque esa es la idea de fondo de toda la sección. En un seguro de incendio, si la compañía quiebra, el cliente pierde una cobertura y contrata otra. Acá, si la compañía quiebra, el cliente pierde treinta años de ahorro y ya no tiene tiempo de volver a juntarlo. Por eso la SSN blindó el ramo con cinco candados:

  • Objeto único y excluyente (la medida más fuerte de todas): una compañía de retiro no puede vender ningún otro seguro. Así los fondos de los jubilados no pueden ir a pagar los siniestros de automotores de una mala temporada. Están separados por diseño.
  • Información mensual de inversiones + balance trimestral. Ninguna otra rama tiene esta frecuencia de control.
  • Un solo factor de ajuste para reservas, rentas y rescates. Si hubiera varios, la compañía podría ajustar generosamente lo que le conviene y con mezquindad lo que le cuesta. Con uno solo, lo que le sirve al asegurado es lo mismo que le sirve a la compañía.
  • Rendimiento mínimo garantizado, fijado por la SSN.
  • Información permanente al afiliado: cuánto tiene acumulado y qué renta le daría eso hoy.

Y fijate el remate de la medida 2, que es durísimo: si el desvío no se corrige, la compañía pierde la licencia y se devuelven los fondos. La SSN no espera a la quiebra: corta antes.


Rendimiento de los seguros de retiro

La SSN publica mensualmente una tasa testigo de referencia. Las reservas matemáticas de las aseguradoras deben ajustarse por un monto igual o superior al que indique la tasa testigo.

También establece que:

"La renta vitalicia garantizada no podrá en ningún caso disminuir su valor de un mes a otro. Las rentas posteriores a la renta vitalicia inicial en ningún caso podrán ser inferiores a la misma."

Además, las pólizas de seguro deben establecer un rendimiento mínimo. Este rendimiento mínimo se utilizará para ajustar el seguro de retiro cuando el rendimiento de las inversiones efectuadas por la aseguradora sea inferior a la tasa testigo establecida por la SSN (Resolución Conjunta N° 0408/97 SAFJP y 25.283/97 SSN).

El Impuesto a las Ganancias permite deducciones de la base imponible relacionadas con los aportes personales a un Seguro de Retiro, hasta el máximo anual establecido para el período fiscal.

🎓 La explicación del profe (en simple)

Esta es la sección que más tranquiliza al cliente, y conviene saber explicarla porque es la garantía de que el ahorro no se le va a licuar.

La tasa testigo es un piso que publica la SSN todos los meses. La compañía puede rendir más, nunca menos: las reservas matemáticas se ajustan por un monto igual o superior. Traducido: si a la aseguradora le fue mal invirtiendo, el problema es de la aseguradora, no del asegurado.

Y la frase entre comillas es de oro puro, así que retenela con estas palabras: la renta vitalicia garantizada nunca puede bajar de un mes a otro. Puede subir; bajar, jamás. Para un jubilado, esa sola cláusula vale el producto entero — es la diferencia entre un ingreso confiable y una lotería mensual.

Y no te olvides del gancho impositivo, que en la venta pesa más de lo que parece: lo que aportás se deduce del Impuesto a las Ganancias, hasta un tope anual. O sea que una parte del aporte te la termina financiando el impuesto que dejás de pagar.

Nota sobre las normas citadas: la Resolución Conjunta que menciona el módulo es de 1997 y una de las dos firmas es la de la SAFJP (la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones), el organismo que controlaba las AFJP. Ese organismo hoy no existe: el régimen de capitalización con AFJP fue eliminado en 2008. Lo que sigue plenamente vigente —y es lo que hay que saber— es el mecanismo: la póliza debe establecer un rendimiento mínimo, y ese mínimo es el que se aplica cuando el rendimiento real de las inversiones queda por debajo de la tasa testigo de la SSN. El número exacto del tope de deducción de Ganancias también se actualiza con cada período fiscal, así que lo que se estudia es el mecanismo, no la cifra.


Características principales del seguro de retiro

Las características más destacables son:

CaracterísticaQué significa
Libre determinación del aporteEl asegurado fija el importe a aportar y su periodicidad.
Libre designación de beneficiariosPudiendo no coincidir con los herederos legales del asegurado.
Libre disponibilidad de los fondosEn cualquier momento de la vida de la póliza.
Libre determinación de la edad de retiroPudiendo no coincidir con la establecida para acceder a la jubilación estatal.
InembargabilidadLos fondos acumulados en la póliza son inembargables.
Exención impositivaLos fondos acumulados están exentos del Impuesto a los Bienes Personales.

🎓 La explicación del profe (en simple)

Mirá el cuadro y fijate el patrón: cuatro de las seis características empiezan con la palabra "libre". Eso no es casualidad — la flexibilidad es LA característica del producto, y es lo que lo diferencia del sistema jubilatorio estatal, donde no elegís absolutamente nada.

Pero las dos que no dicen "libre" son las que más se preguntan, así que subrayalas:

Inembargabilidad. Los fondos no se los pueden embargar. Pensá en un comerciante que quiebra, o en alguien que pierde un juicio: su jubilación privada queda a salvo. Es una protección enorme y es un argumento de venta poderosísimo para cualquier cliente con actividad comercial o profesional expuesta.

Exención de Bienes Personales. El fondo no paga ese impuesto. Sumalo a la deducción de Ganancias que vimos recién y tenés el doble beneficio impositivo del producto: se deduce cuando entra y no paga Bienes Personales mientras está adentro.

Y de las "libres", la más fina para el examen es la libre designación de beneficiarios, que puede no coincidir con los herederos legales. Es la misma lógica del seguro de vida que vas a ver en el otro módulo: el capital del seguro no entra en el acervo hereditario, así que el asegurado puede designar a quien quiera. Es una herramienta de planificación patrimonial, no solo un ahorro.


Etapas del Seguro de Retiro

El producto tiene dos etapas bien diferenciadas:

Etapa Activa

  • Es el período en el cual el asegurado y/o el tomador efectúan aportes, que capitalizan hasta la edad de retiro constituyendo un determinado fondo.
  • Los aportes podrán pagarse en una sola oportunidad al inicio de vigencia de la póliza o de forma periódica, con la posibilidad de efectuar aportes extraordinarios en cualquier momento.
  • Durante esta etapa el asegurado podrá efectuar rescates (parciales o totales).

Etapa Pasiva

  • Es el período en el cual la Compañía de Seguros de Retiro paga al asegurado la correspondiente renta vitalicia. Esta etapa comenzará en el momento en que el asegurado comunique a la compañía la voluntad de comenzar a percibir el beneficio en forma de renta.
  • Durante esta etapa el asegurado NO podrá efectuar ningún tipo de rescate.

🎓 La explicación del profe (en simple)

Estas dos etapas son la columna vertebral del módulo: casi todo lo que sigue se ordena según en cuál de las dos estás parado.

Activa = ponés plata. Pasiva = sacás renta. Simple.

Y la diferencia que siempre se pregunta es esta: en la activa podés rescatar; en la pasiva, NO.

El porqué es puramente técnico y conviene entenderlo, no memorizarlo: cuando pasás a la etapa pasiva, la compañía toma tu fondo y calcula con él una renta vitalicia — es decir, se compromete a pagarte todos los meses mientras vivas, aunque vivas cien años. Para poder prometer eso tiene que inmovilizar el capital. Si vos pudieras rescatarlo a mitad de camino, la promesa se cae.

O sea: el paso de activa a pasiva es la puerta de ida sin vuelta del producto. Antes de cruzarla, la plata es tuya y disponible; después, se convirtió en una renta de por vida.

Y prestá atención a un detalle práctico que se pasa por alto: la etapa pasiva no empieza sola por cumplir años. Empieza cuando el asegurado le comunica a la compañía que quiere empezar a cobrar. Es una decisión, no un automatismo.


Cobertura básica

El principal beneficio que otorga este seguro es una renta jubilatoria independiente y adicional a la que se percibe a través del sistema jubilatorio oficial.

La renta consiste en una serie de pagos mensuales que cada asegurado comenzará a percibir a partir del momento en que cumpla la edad convenida de retiro (entre 60 y 70 años) y en forma vitalicia.

Además, con el objeto de hacer extensivos los beneficios de esta póliza a la familia del asegurado, los beneficiarios designados tendrán derecho a percibir un monto indemnizatorio en caso de fallecimiento del asegurado:

Cuándo falleceQué perciben los beneficiarios
Durante la etapa activa laboralEl monto será equivalente al total de aportes realizados a la cuenta del asegurado.
Una vez comenzada a cobrar la renta jubilatoriaEl monto del seguro de vida a cobrar será equivalente a la cantidad de múltiplos pactada, sobre el último pago de la renta.

El monto de la renta y demás coberturas será fijado libremente por la empresa adherida al sistema, de acuerdo con sus necesidades y con sus políticas de beneficios al personal, en caso de que se contrate a través de ésta.

🎓 La explicación del profe (en simple)

La edad de retiro va entre los 60 y los 70 años. Ese rango es de los datos más preguntables del módulo, así que anotalo con fuego. Y fijate que es un rango elegible, no una edad fija: dentro de esa ventana el asegurado (o la empresa) decide.

Ahora, la parte que la gente no espera de un producto de retiro: si el asegurado se muere, esto también paga. No es solo una jubilación privada — tiene un componente de vida adentro, y lo que se paga depende de en qué etapa estaba:

  • Se murió en la etapa activa → los beneficiarios cobran lo aportado. La plata no se pierde ni queda para la compañía: vuelve a la familia. Esto es clave decirlo al vender, porque el miedo número uno del cliente es "¿y si me muero antes de jubilarme, perdí todo?". No: no perdiste nada.
  • Se murió ya cobrando la renta → se paga un múltiplo del último pago de renta, según lo pactado.

Esa asimetría tiene una lógica clarísima: en la activa todavía hay un fondo acumulado que devolver; en la pasiva ese fondo ya se transformó en renta, así que lo que queda es lo que la póliza haya pactado como múltiplo.


Devolución en caso de fallecimiento

En caso de ocurrir el fallecimiento de algún asegurado "activo" cuya póliza esté vigente, sus beneficiarios tendrán derecho a percibir el 100 % del saldo de la reserva matemática, constituida por todas las primas puras abonadas, capitalizadas financieramente según el factor de ajuste.

Esto implica que, en caso de fallecimiento de un asegurado "activo", sus beneficiarios percibirán:

  1. El importe mencionado (el 100 % de la reserva matemática), y
  2. El capital asegurado de aquella cobertura adicional de muerte que se haya incorporado a la póliza.

🎓 La explicación del profe (en simple)

Acá hay que ser preciso con las palabras, porque es donde se cae mucha gente en el examen: se devuelve el 100 % de la RESERVA MATEMÁTICA, no "lo que puso".

¿Y qué es la reserva matemática acá? El módulo lo define: todas las primas puras abonadas, capitalizadas financieramente según el factor de ajuste. Es decir, el aporte MÁS todo lo que ese aporte rindió. No es que te devuelven el importe nominal de lo que pagaste: te devuelven el fondo tal como está el día del fallecimiento, con su capitalización.

Y ojo con la palabra "puras": son las primas puras, o sea el aporte neto de gastos y recargos. Es la parte que efectivamente se fue al fondo.

El segundo punto es el que más se pierde de vista y es el que hay que saber vender: se cobran las DOS cosas, no una u otra. El fondo acumulado y, si además se contrató la cobertura adicional de muerte, el capital de esa cobertura. Se suman. Esto es lo que convierte al retiro en un producto que protege a la familia mientras se ahorra, no solo en un plazo fijo con nombre elegante.

Dato de verificación: esta devolución no es un invento de la compañía, está en la norma. El art. 6.º de la Resolución SSN 19.620 sustituyó el inciso e) del art. 13 de la Res. 19.106 para exigir justamente eso — que se prevea el pago de las primas puras de la cobertura básica, capitalizadas por la tasa de interés técnico y ajustadas, en caso de muerte antes de la fecha prevista de retiro.


Coberturas adicionales

La Resolución 19.620 establece las coberturas adicionales, las cuales deberán estar claramente definidas y expresadas en forma separada, tanto en las condiciones particulares como en las condiciones generales de la póliza.

La denominación de las coberturas adicionales no deberá llevar a confusión con ninguno de los beneficios básicos que otorga la póliza.

Entre las distintas coberturas adicionales podemos mencionar tres grupos:

A. Coberturas vinculadas con el beneficio de renta

  • Edad de retiro. La empresa o persona puede fijar libremente la edad de retiro de sus empleados adheridos, entre los 60 y 70 años de edad. Esto puede ser modificado por acuerdo de las partes.
  • Rentas vitalicias con plazos garantizados. La cobertura adicional comprende un plazo (garantizado) a partir de la edad de retiro, tal que si el asegurado falleciera dentro de éste, los beneficiarios percibirán en forma cierta las rentas periódicas hasta la finalización de dicho plazo.
  • Rentas vitalicias extensivas a sucesor. Esta cobertura se define y comienza a operar en el momento en que el asegurado solicite acogerse a los beneficios de la renta vitalicia, designando un sucesor que, con posterioridad al fallecimiento del asegurado, percibirá —mientras permanezca con vida— un servicio de renta fijado en proporción a la renta del asegurado.
  • Rentas de por vida, garantizadas a "n" años. Cuando al asegurado se le garantiza el pago de la renta por "n" años:
    • Si fallece dentro de ese lapso, la renta mensual se continuará pagando al beneficiario designado hasta cumplir el término de "n" años, a partir de la fecha inicial de la opción.
    • Si sobrevive a dicho plazo, continuará cobrando la renta hasta su fallecimiento.

B. Coberturas vinculadas con el riesgo de muerte

  • Cobertura de seguros con pago en caso de fallecimiento del asegurado. Los plazos de cobertura pueden vincularse con la etapa activa y pasiva, y el capital asegurado puede ser de valor fijo (sujeto a ajuste) o variable (por ejemplo, en función del fondo de primas durante la etapa activa).
  • Seguro de Vida Etapa Activa. Cubre el fallecimiento del empleado en su etapa laboral. Su capital se calcula como múltiplo de salario.

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