Glosario
Seguro de sepelio
Seguro de personas que cubre el servicio funerario del asegurado o de su grupo familiar, prestado en especie hasta la suma asegurada.
El seguro de sepelio cubre el fallecimiento del asegurado titular o de alguno de los integrantes del grupo familiar incluido, tanto en los gastos del funeral como del entierro. Su objetivo principal es dar respuesta a los problemas económicos y a los trámites administrativos que trae la muerte de una persona, y darle a la familia la tranquilidad de tener cubierto el servicio.
Es un seguro en especie: la aseguradora se obliga a prestar, dentro de los límites del contrato y hasta la suma asegurada, el servicio funerario pactado, por medio de las empresas de sepelio que figuran en su nómina. Si la suma asegurada supera el costo del servicio, el excedente corresponde al tomador o a sus herederos. En casos excepcionales funciona como un seguro de reintegro, por ejemplo cuando no hay empresas de la nómina en la zona o cuando el deceso ocurre en el extranjero.
El grupo familiar puede incluir al cónyuge, a los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad y a las personas a cargo. Suele pactarse un período de carencia, salvo para la muerte por accidente, que queda cubierta sin esa restricción.
También admite coberturas adicionales, como la repatriación del cuerpo o los servicios de gestoría.
Un ejemplo
Fallece un familiar incluido en la póliza y la familia llama a una de las empresas de la nómina, que se ocupa del servicio sin que tengan que adelantar el dinero. Si el servicio costó menos que la suma asegurada, la diferencia queda para el tomador.
- Norma
- Ley 17.051
- Dónde se estudia
- Unidad 5 (E) · Seguros de Personas · Resumen de Seguros de Sepelio