Glosario

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Infraseguro

Situación en que la suma asegurada es menor que el valor real del bien, lo que puede reducir proporcionalmente la indemnización.

Hay infraseguro cuando la suma asegurada es inferior al valor real del bien. El asegurado cubrió menos de lo que vale lo que tiene y, en consecuencia, pagó una prima más baja. El efecto aparece el día del siniestro: si la medida de la prestación es a prorrata, la aseguradora indemniza el daño en la misma proporción que guardan la suma asegurada y el valor real, es decir, aplica la regla proporcional.

Las causas más comunes son el desconocimiento del asegurado sobre cuánto valen sus bienes, el impacto de la inflación y la decisión de pagar una prima más baja. Con inflación, la suma se desactualiza sola: lo que alcanzaba al contratar puede cubrir mucho menos tiempo después, sin que el asegurado haya hecho nada mal. Para ese caso existe la cláusula de ajuste o de estabilización, que se puede incluir al momento de contratar.

No todas las medidas de la prestación castigan el infraseguro: a primer riesgo absoluto se paga el daño realmente sufrido, hasta la suma asegurada, sin ajuste proporcional. El infraseguro también incide en otros pagos, como los gastos de salvamento, que se reembolsan en proporción a la suma contratada, salvo que el salvamento se haya hecho por instrucciones expresas del asegurador. En un consorcio puede perjudicar a toda la comunidad de copropietarios.

Un ejemplo

Si una vivienda asegurada por la mitad de su valor sufre un incendio parcial y la póliza es a prorrata, la aseguradora paga la mitad de cada daño, aunque el daño sea chico.

Norma
Ley 17.418, art. 65

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